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24.2.23

Prohibición de depositar comida para animales en los espacios públicos municipales


La Ordenanza Municipal sobre protección de la convivencia ciudadana y prevención de actuaciones antisociales en el municipio de Coca, que protege los espacios públicos municipales, señala en su artículo 5, que “Queda prohibida prohibida cualquier actuación sobre los bienes protegidos por esta Ordenanza que sea contraria a su uso o destino o impliquen su deterioro, ….  y cualquier otra actividad o manipulación que los ensucie, degrade o menoscabe su estética y su normal uso y destino.”


El Ayuntamiento de Coca ha tenido conocimiento de que por parte de algunos vecinos se está depositando en las vías públicas y otros espacios públicos municipales comida para animales, especialmente gatos, con el consiguiente deterioro de las condiciones de higiene de estos espacios públicos y las molestias que la presencia masiva de estos animales produce a los vecinos de estas zonas.

Se recuerda a los vecinos que estas acciones, que ensucian los espacios públicos son infracciones graves a la mencionada Ordenanza y pueden ser sancionadas con multas de 750,01.-€ hasta 1.500,00.-€.
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