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28.4.20

Exención de pago para terrazas y barras exteriores


Dada la situación creada en nuestro país debido a la pandemia provocada por el coronavirus COVID-19, y a la declaración por parte del Gobierno de la Nación del estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que ha supuesto la paralización de muchas actividades económicas. 

Dado que en nuestro municipio existen muchas actividades hosteleras que basan un porcentaje importante de su actividad en terrazas o barras exteriores que se instalan en Suelo de Dominio Público, por cuya ocupación abonan al Ayuntamiento de Coca las correspondientes tasas de ocupación. 

Dado que estas actividades hosteleras han sufrido una considerable merma en sus ingresos con la suspensión de actividades de la Semana Santa y de las Fiestas Patronales de mayo, y se enfrentan a un incierto futuro inmediato ya que se desconoce cuándo van a poder volver a la actividad, y en qué condiciones se va a efectuar esa reapertura, cuando se produzca. 

Con fecha 24 de abril de 2020, esta Alcaldía ha decretado: 

Eximir, a los establecimientos hosteleros del municipio de Coca durante el año 2020, del pago de las tasas por Ocupación de Suelo Público con terrazas y barras exteriores. 

Estas ocupaciones de Suelo Público, se regirán en el resto de sus condiciones por lo indicado en la Ordenanza Fiscal nº 10, reguladora de esta ocupación.

Para poder efectuar la ocupación, se necesitará la autorización municipal, para lo que deberá presentarse ante el Ayuntamiento, solicitud en la que constará la superficie a ocupar (en el caso de terrazas), y los días de ocupación (en el caso de barras exteriores). 

Coca, a 28 de abril de 2020 
EL ALCALDE 
Mariano Jesús Herrero Llorente 

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