Destacamos a modo de resumen:
• Este acuerdo tiene por objeto establecer con carácter temporal y excepcional, medidas y recomendaciones específicas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 durante las fiestas navideñas en la Comunidad de Castilla y León.
• Con el fin de evitar la formación de aglomeraciones de personas en las vías y espacios públicos, los ayuntamientos adoptarán medidas de control del aforo en aquellas vías o espacios públicos que se prevea que puedan tener una alta densidad de afluencia de personas.
• No se podrán organizar actos con motivo de festejar las doce campanadas de fin de año en plazas o vías públicas.
• Se recomienda no celebrar eventos como cabalgatas de reyes y conciertos navideños, y en general cualquier acto que contribuya a una elevada afluencia con riesgode aglomeración de personas en la vía pública.
• Las exposiciones de belenes y los belenes vivientes solo se podrán llevar a cabo en recintos acotados y no se podrá superar el cincuenta por ciento de su aforo, debiendo garantizarse, en todo caso, una distancia mínima interpersonal.
• Para los días 24 y 31 de diciembre se mantiene, como horario de cierre de los establecimientos de hostelería y restauración, las 22:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 21:00 horas. Se incluye a los establecimientos y servicios de restauración en zonas comunes de hoteles y alojamientos para todo tipo de clientes, externos o alojados.
• Se flexibilizan las visitas de familiares a los centros residenciales de personas mayores y de persona con discapacidad, ampliando éstas hasta 2 familiares por residente y día, con una duración máxima de dos horas.
• Se suspende las actividades y eventos deportivos, como San Silvestre.
• Los ciudadanos deberán colaborar activamente en el cumplimiento de las medidas sanitarias preventivas establecidas en el presente acuerdo.