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12.6.24

Limpieza de parcela y solares

Las abundantes lluvias habidas durante esta primavera, unidas a las altas temperaturas que se prevén para el próximo verano pueden tener como consecuencia que en parcelas y solares urbanos se produzca un crecimiento desmesurado de plantas silvestres, que al secarse conllevan un gran riesgo de incendio.

El artículo 19.1 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, dice que: “Los propietarios de bienes inmuebles deben mantenerlos en condiciones adecuadas de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad según su destino, realizando los trabajos precisos para conservar o reponer dichas condiciones”.

Por tanto, se recuerda a los propietarios de solares y parcelas, la obligatoriedad de mantenerlos en adecuado estado de limpieza, y se advierte que el incumplimiento de los deberes urbanísticos podrá ser sancionado conforme a lo dispuesto en la normativa urbanística vigente.

El alcalde

7.7.22

limpieza de solares y parcelas

Las lluvias habidas durante esta primavera, aunque escasas, unidas a las altas temperaturas que se prevén para este verano pueden tener como consecuencia que en parcelas y solares urbanos se produzca un crecimiento desmesurado de plantas silvestres, que al secarse conllevan un gran riesgo de incendio.

El artículo 19.1 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, dice que: “Los propietarios de bienes inmuebles deben mantenerlos en condiciones adecuadas de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad según su destino, realizando los trabajos precisos para conservar o reponer dichas condiciones”.

Por tanto, se recuerda a los propietarios de solares y parcelas, la obligatoriedad de mantenerlos en adecuado estado de limpieza, y se advierte que el incumplimiento de los deberes urbanísticos podrá ser sancionado conforme a lo dispuesto en la normativa urbanística vigente.

EL ALCALDE

Adjuntos: Bandoparalimpiezadesolaresyparcelas2022.pdf

27.5.21

Limpieza de solares y parcelas


Las abundantes lluvias habidas durante la pasada primavera, unidas a las altas temperaturas que hay ahora en verano, pueden tener como consecuencia que en parcelas y solares urbanos se hayan producido un crecimiento desmesurado de plantas silvestres, que al secarse conllevan un gran riesgo de incendio.

El artículo 19.1 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, dice que: “Los propietarios de bienes inmuebles deben mantenerlos en condiciones adecuadas de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad según su destino, realizando los trabajos precisos para conservar o reponer dichas condiciones”.

Por tanto, se recuerda a los propietarios de solares y parcelas, la obligatoriedad de mantenerlos en adecuado estado de limpieza, y se advierte que el incumplimiento de los deberes urbanísticos podrá ser sancionado conforme a lo dispuesto en la normativa urbanística vigente.

Enlace al documento electrónico:

15.6.20

Reanudación de la atención presencial mediante cita previa


El avance favorable en la contención de la pandemia provocada por la COVID-19 y de las cadenas de su transmisión, permiten empezar a vivir en un nuevo escenario que, poco a poco, hará posible recobrar la normalidad de las actividades públicas y privadas.

Por este motivo, desde el día 16 de junio de 2020, se reanudará la actividad presencial de las oficinas municipales. El servicio de atención al público de manera presencial se realizará EXCLUSIVAMENTE, mediante CITA PREVIA a través del teléfono 921 58 60 11 o del correo electrónico ayuntamiento@coca.es

Siempre que sea posible y de manera preferente, se deben realizar los trámites telemáticamente, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento.

Los ciudadanos deben acudir a las dependencias municipales siempre equipados con MASCARILLA (Orden SND/422/2020), como medida de contención y salud pública que refuerza la seguridad de todos. Tendrán disponible a la entrada y salida líquido hidroalcohólico para la desinfección de manos.

Se recomienda que a la cita acudan las personas imprescindibles para la gestión. Los ciudadanos deberán esperar fuera de las dependencias municipales hasta que llegue su turno, manteniendo la correspondiente distancia interpersonal.

12.6.20

Bando para la limpieza de solares y parcelas


Las abundantes lluvias habidas durante esta primavera, unidas a las altas temperaturas que se prevén para el próximo verano pueden tener como consecuencia que en parcelas y solares urbanos se produzca un crecimiento desmesurado de plantas silvestres, que al secarse conllevan un gran riesgo de incendio.

El artículo 19.1 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, dice que: “Los propietarios de bienes inmuebles deben mantenerlos en condiciones adecuadas de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad según su destino, realizando los trabajos precisos para conservar o reponer dichas condiciones”.

Por tanto, se recuerda a los propietarios de solares y parcelas, la obligatoriedad de mantenerlos en adecuado estado de limpieza, y se advierte que el incumplimiento de los deberes urbanísticos podrá ser sancionado conforme a lo dispuesto en la normativa urbanística vigente.

El Alcalde

Enlace al documento electrónico:

24.4.20

Anuncio. Reducción de cuotas de la escuela de música


Dada la situación creada en nuestro país debido a la pandemia provocada por el coronavirus COVID-19, y a la declaración por parte del Gobierno de la Nación del estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que ha supuesto la suspensión de toda actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza contemplados en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluida la enseñanza universitaria, así como cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos o privados.

Dado que la Escuela Municipal de Música, ha mantenido, gracias al esfuerzo de docentes y alumnos, su actividad, en la medida de lo posible, por vía telemática, pero no se ha podido mantener el rendimiento total de las asignaturas, estimándose en un 50% el rendimiento de la Escuela de Música, y que la asignatura de Música y movimiento no se ha podido desarrollar de forma satisfactoria.

El Ayuntamiento de Coca ha decidido:

1.- Reducir en un 100% las cuotas mensuales de la asignatura de Música y movimiento, y en un 50% las cuotas mensuales del resto de asignaturas de la Escuela Municipal de Música, correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo de 2020, a los alumnos que habían solicitado el fraccionamiento del pago de la cuota total correspondiente al Curso 2019-2020 en períodos mensuales.

2.- Devolver las cantidades equivalentes al 100% de la cuota mensual de la asignatura de Música y movimiento, y al 50% de las cuotas mensuales del resto de asignaturas de la Escuela Municipal de Música, correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo de 2020, a los alumnos que habían satisfecho la cuota total del Curso 2019-2020.
Coca, a 24 de abril de 2020

EL ALCALDE
Fdo.: Mariano Jesús Herrero Llorente
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

13.4.20

Bando suspensión fiestas de mayo 2020



Se pone en conocimiento de todos los vecinos del municipio de Coca, que visto el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como, su reciente prórroga que llegará hasta el día 26 de abril del presente año. Este Ayuntamiento ha decretado la suspensión de las Fiestas Patronales de mayo 2020 de Coca “ La Cruz de mayo”, a celebrar el próximo día 3 de mayo. 

Por tanto, se suspenden todos los actos de la Programación de Fiestas de mayo 2020, suspensión que incluye todos los eventos culturales, deportivos, de ocio y sociales, para así, proteger la salud y seguridad de los ciudadanos y contener la progresión de la enfermedad. 

El Alcalde 
Fdo.: Mariano Jesús Herrero Llorente

Enlace al documento: 

2.4.20

Medidas fiscales adoptadas por el Ayuntamiento de Coca


Debido a la situación creada por la pandemia del COVID-19, y la declaración del estado de alarma en nuestro país, con el consiguiente cierre de actividades, que han supuesto y van a suponer consecuencias económicas a nuestros vecinos, el Ayuntamiento de Coca, dentro de sus competencias ha decicido retrasar el cobro de algunas tasas municipales, para intentar, en lo posible, ayudar a la economía de las familias caucenses.

El documento adjunto es el Decreto que se ha elaborado, y en él se explican tanto los nuevos plazos que se van a aplicar para el cobro de estas tasas municipales, como los métodos que se van a utilizar para el cálculo de los consumos de agua de las viviendas, ante la imposibilidad de realizar la lectura de los contadores de agua, que se comenzó el viernes día 13 de marzo, pero se tuvo que suspender el lunes día 16 de marzo con la declaración del estado de alarma.

DECRETO.- En la Villa de Coca.

Dada la situación creada en nuestro país debido a la pandemia provocada por el coronavirus COVID-19, y a la declaración por parte del Gobierno de la Nación del estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y el posterior Real Decreto Ley 10/2020, de 29 de marzo, que han supuesto la paralización de muchas actividades económicas.

Dado que, en los primeros días de abril, debería tener comienzo el período voluntario de pago de las tasas municipales correspondientes al Primer Trimestre de 2020 de los recibos del servicio de recogida de basura, y al Primer Cuatrimestre de 2020 de los recibos del servicio de abastecimiento de agua potable y alcantarillado, y para favorecer, dentro de las competencias municipales, la liquidez de las familias durante la duración del estado de alarma.

RESUELVO.-

PRIMERO.- Posponer el comienzo del período voluntario de pago de los recibos correspondientes al Primer Trimestre de 2020 del servicio de recogida de basura hasta el día 1 de junio de 2020.

SEGUNDO.-
a) Posponer el comienzo del período voluntario de pago de los recibos correspondientes al Primer Cuatrimestre de 2020 del servicio de abastecimiento de agua potable y alcantarillado hasta el día 1 de julio de 2020.

b) Dado que la lectura de los contadores de agua para este período comenzó el día 13 de marzo de 2020 pero se ha visto interrumpida por la declaración del estado de alarma, para evitar que los consumos se acumulen en el Segundo Cuatrimestre de 2020, el cálculo del consumo del Primer Cuatrimestre se realizará, en los contadores que no se hayan podido leer, realizando un prorrateo, tomando como base el consumo de los tres períodos anteriores. En el caso de que se aprecien consumos estacionales, se estimará el consumo tomando como base el consumo en los primeros períodos de años anteriores.

TERCERO.-
a) Posponer el comienzo del período voluntario de pago de los recibos correspondientes al Segundo Trimestre de 2020 del servicio de recogida de basura hasta el día 3 de agosto de 2020.

b) Dado que muchas actividades económicas del municipio no van a poder desarrollarse durante el período de vigencia del estado de alarma, se exime de la tasa por el servicio de recogida de basura correspondiente al Segundo Trimestre de 2020, a todos aquellos establecimientos que no hayan podido ejercer su actividad como consecuencia de la declaración del estado de alarma.

CUARTO.-
a)Posponer el comienzo del período voluntario de pago de los recibos correspondientes al Segundo Cuatrimestre de 2020 del servicio de abastecimiento de agua potable y alcantarillado hasta el día 1 de septiembre de 2020.

b)Con la toma de lectura de contadores para este período (que comenzará a finales del mes de julio, para evitar que se acumulen consumos), se regularizará el consumo con las lecturas reales. En caso de no poder realizarse la toma de lecturas por no haber finalizado el estado de alarma, se realizará otro cálculo estimado de consumo, regularizándose los consumos con las lecturas reales al efectuarse la toma de lectura de contadores en el mes de noviembre.
Así lo ordena en Coca el Sr. Alcalde-Presidente, y certifica La Secretaria, en la fecha indicada al margen.

Descarga del documento: 

18.3.20

Suspensión temporal de la recogida de trastos viejos y voluminosos


Se pone en conocimiento del público en general que, debido a la situación causada por el coronavirus, se suspende temporalmente el servicio de recogida de trastos viejos y objetos voluminosos.

El servicio se reanudará en cuanto la situación vuelva a la normalidad.

Coca, a 18 de marzo de 2020
EL ALCALDE
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

15.3.20

Decretado el Estado de Alarma


El Consejo de Ministros ha aprobado el RD por el que se declara el Estado de Alarma, para la gestión de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (Coronavirus).

Entre otras medidas, se establece que:

- Durante la vigencia del Estado de Alarma, los ciudadanos únicamente podrán circular, por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:

1. Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
2. Asistencia a centros sanitarios.
3. Desplazamiento al lugar de trabajo, para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
4. Retorno al lugar de residencia habitual.
5. Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad, o personas eventualmente vulnerables.
6. Desplazamiento a entidades financieras.
7. Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

- Se suspende la apertura al público de los locales y establecimientos en los que se desarrollen espectáculos públicos, y las instalaciones culturales y artísticas.

-  Se suspenden las actividades deportivas y de ocio.

- Se suspenden así mismo, las actividades de hostelería y restauración. Las cafeterías y restaurantes permanecerán cerrados al público. Además de estos locales se decreta también el cierre de zonas deportivas y parques recreativos infantiles.

- El Estado de Alarma queda decretado por un periodo de 15 días, pudiendo ser prorrogado.

SE RECUERDA A TODOS LOS VECINOS LA OBLIGACIÓN DE CUMPLIR TODAS LAS MEDIDAS DERIVADAS DEL ESTADO DE ALARMA, ASÍ COMO LAS RECOMENDACIONES DE LAS AUTORIDADES SANITARIAS.
RUEGO A TODOS LOS VECINOS EXTREMAR AL MÁXIMO LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN PARA LOGRAR, ENTRE TODOS, CONTENER EL AVANCE DE LA EPIDEMIA.
GRACIAS POR SU COLABORACIÓN

EL ALCALDE
MARIANO JESÚS HERRERO LLORENTE

Enlace relacionado: ESTADO DE ALARMA BOE

12.3.20

BANDO INFORMATIVO MUY IMPORTANTE -CORONAVIRUS-



Don Mariano Jesús Herrero Llorente, Alcalde de la Villa y Tierra de Coca (Segovia).

HAGO SABER:

Ante la alta incidencia registrada a nivel mundial por el COVID-19 (coronavirus), desde el Ayuntamiento se quiere enviar un mensaje tranquilizador a los vecinos, informando de que NO EXISTEN CASOS DOCUMENTADOS EN COCA.

No obstante, tras las medidas adoptadas por parte de Ministerio de Sanidad y la Junta de Castilla y León sobre la situación del COVID-19 (coronavirus), el Ayuntamiento de Coca tras informar a los portavoces de los partidos políticos con representación, ha adoptado las siguientes medidas preventivas que afectan al funcionamiento de los servicios públicos, desde el día 13 hasta el 28 de marzo:

• Cierre de los centros culturales, biblioteca, auditorio, escuela de música, centro de jubilados, centros deportivos municipales, así como cualquier dependencia municipal, que no sea Ayuntamiento, que seguirá prestando servicio administrativo en horario habitual de atención al público (de 9:00 a 14:00), recomendando a los ciudadanos: la tramitación online, acudiendo sólo en casos de urgencia y para trámites inaplazables.
• Cancelación de las actividades socioculturales organizadas por el Ayuntamiento.
• Suspensión de las actividades que se desarrollen en centros municipales como talleres, cursos y similares.
• Prohibir los eventos multitudinarios dentro del municipio.
• Suspensión de mercadillos y venta ambulante.
• Suspensión de escuelas deportivas, deporte social, manualidades, etc.,

En relación a los trabajadores municipales, el equipo de gobierno ha mantenido una reunión con los representantes de los trabajadores en el Ayuntamiento, en la que se ha transmitido la prioridad de mantener los servicios que presta. Esta prestación de los servicios se hará adaptándolos a la actual situación excepcional.

Estas medidas se trasladarán a las empresas de nuestros municipios y contratas (guardería) que den servicios a nuestro Ayuntamiento. Rogándoles que hagan lo posible para prevenir el avance de este virus.

El Ayuntamiento de Coca insiste a los vecinos que sigan las recomendaciones de las autoridades sanitarias. En todo momento y a medida de ir obteniendo información actualizada, estas son medidas meramente preventivas. Les invitamos a seguir los canales de comunicación municipal en los cuales les mantendremos al corriente. Asimismo, se recomienda CONSULTAR FUENTES OFICIALES PARA INFORMARSE, como la página del Ministerio de Sanidad (www.mscbs.gob.es) o el teléfono de información gratuito de la Junta de Castilla y León y el Sacyl: 900 222 000.

Para evitar posibles contagios se recuerdan las siguientes medidas preventivas:
• Se recomienda no acudir a actos que conlleven aglomeración de personal, especialmente si
se trata de sitios cerrados y poniendo especial atención a colectivos especialmente
vulnerables (personas mayores, población infantil o personas con enfermedades crónicas).
• Lavarse las manos frecuentemente, siendo recomendable el uso de geles desinfectantes.
• Al toser o estornudar, cubrirse la boca y la nariz con el codo flexionado.
• Evitar tocarse los ojos, nariz y boca, ya que las manos facilitan su transmisión.
• Usar pañuelos desechables para eliminar secreciones respiratorias y tirarlo tras su uso.
• Si se presentan síntomas respiratorios, evitar el contacto cercano con otras personas.

Lo que se pone en conocimiento del público en general.

En Coca a 12 de marzo de 2020

EL ALCALDE
FDO. Mariano Jesús Herrero LLorente
DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE AL MARGEN

30.10.19

Autorización Matanzas Domiciliarias


Se pone en conocimiento de todos los vecinos de esta localidad que quieran sacrificar cerdos para autoconsumo, que el periodo para realizar las matanzas domiciliarias es el comprendido entre el último viernes del mes de Octubre de 2019 y el primer domingo del mes de Abril de 2020 según la Orden de 25 de septiembre de 2000 de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social (B.O.C. y L. Nº 192 de 3 de octubre de 2000).
El análisis micrográfico para la determinación de las TRIQUINAS en los cerdos sacrificados, podrá ser realizado por el Veterinario Colaborador previo pago de los honorarios que corresponden.

Veterinario Colaborador: Dª Susana Ordoñez Jara
Teléfono: 921 58 05 36, URGENCIAS: 616 20 26 79

Igualmente, se pone en conocimiento del vecindario que la comercialización de piezas de caza sólo podrá hacerse a través de salas de tratamiento debidamente autorizadas e inscritos en el Registro General Sanitario de Alimentos.
Todo vecino que lo desee podrá realizar, en días y horas de oficina, el análisis micrográfico de los cerdos en los Servicios Veterinarios Oficiales de la Zona, los cuales prestarán  este servicio previo pago de la tasa en la cuenta:

Nº ES33-2038-7597-5860-0018-3531 de BANKIA,

que por inspección de estos animales tiene estipulada la Junta de Castilla y León.

2.10.19

#yoparopormipueblo: breve paro y concentración simbólica por nuestros pueblos el 4 de octubre


La Coordinadora de la España Vaciada, ha convocado un paro de 5 minutos el próximo 4 de octubre a las 12 de la mañana. Desde este Ayuntamiento apoyamos este paro y comunicamos a los vecinos que se realizará una concentración en la Plaza Mayor frente a la Casa Consistorial.

El motivo de la concentración, es para reclamar a los poderes públicos un Pacto de Estado con medidas efectivas contra la despoblación, en definitiva, porque SER POCOS NO RESTA DERECHOS, porque queremos elegir donde vivir y porque queremos que los pilares fundamentales del Estado de Bienestar estén cubiertos.

27.2.19

Autorización de espectáculos y actividades recreativas


Por el presente se recuerda a los titulares de bares, restaurantes y demás locales de ocio que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla  y León:

LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS, ACTUACIONES, BAILES Y OTROS EVENTOS EN ESTOS LOCALES, ESTÁ SUJETA A AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PREVIA. 

ESTA AUTORIZACIÓN DEBE SOLICITARSE AL MENOS CON UNA SEMANA DE ANTICIPACIÓN A LA CELEBRACIÓN DEL EVENTO.

La celebración de estos eventos sin contar con la previa autorización municipal constituye una INFRACCIÓN GRAVE,  en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, que puede ser sancionada con multa de 601 a 30.000 euros, e incluso con la clausura del local por un período máximo de un año.

EL ALCALDE
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

12.2.19

29.10.18

Autorización Matanzas Domiciliarias


Se pone en conocimiento de todos los vecinos de esta localidad que quieran sacrificar cerdos para autoconsumo, que el periodo para realizar las matanzas domiciliarias es el comprendido entre el último viernes del mes de Octubre de 2018 y el primer domingo del mes de Abril de 2019 según la Orden de 25 de septiembre de 2000 de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social (B.O.C. y L. N° 192 de 3 de octubre de 2000). 

El análisis micrográfico para la determinación de las TRIQUINAS en los cerdos sacrificados, podrá ser realizado por el Veterinario Colaborador «veterinariocolaborador», previo pago de los honorarios que correspondan. 

Igualmente, se pone en conocimiento del vecindario que la comercialización de piezas de caza sólo podrá hacerse a través de salas de tratamiento debidamente autorizadas e inscritas en el Registro General Sanitario de Alimentos. 

Todo vecino que lo desee podrá realizar, en días y horas de oficina, el análisis micrográfico de los cerdos en los Servicios Veterinarios Oficiales de la Zona, los cuales prestarán este servicio previo pago de la tasa en la cuenta N° ES33-2038-7597-5860-0018-3531 de BANKIA, que por inspección de estos animales tiene estipulada la Junta de Castilla y León. 

26.5.18

Obligatoriedad de limpieza de plantas silvestres en solares y parcelas privadas



Las abundantes lluvias que estamos teniendo durante esta primavera, unidas a las altas temperaturas que se prevén para el próximo verano pueden tener como consecuencia que en parcelas y solares urbanos se produzca un crecimiento desmesurado de plantas silvestres, que al secarse conllevan un gran riesgo de incendio.
El artículo 19.1 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, dice que:

“Los propietarios de bienes inmuebles deben mantenerlos en condiciones adecuadas de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad según su destino, realizando los trabajos precisos para conservar o reponer dichas condiciones”.

Por tanto, se recuerda a los propietarios de solares y parcelas, la obligatoriedad de mantenerlos en adecuado estado de limpieza, y se advierte que el incumplimiento de los deberes urbanísticos podrá ser sancionado conforme a lo dispuesto en la normativa urbanística vigente.

EL ALCALDE

Pozos y seguridad



Se recuerda a los propietarios de pozos y perforaciones, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121.A.8, de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal:

 “Todos los pozos deberán estar equipados con sistemas de protección tales como brocales, tapas, rejillas, vallados o casetas de modo que, por su diseño y resistencia de los materiales empleados, así como los cierres previstos, se impida el acceso a los mismos por personas no autorizadas, teniendo en cuenta la posibilidad de que éstos sean niños, para evitar posibles accidentes.”

Por la presente, se concede un plazo de SEIS MESES para que los propietarios de pozos y/o perforaciones, adapten éstos a esta normativa, transcurridos los cuales, aquellos propietarios de pozos y/o perforaciones que no cumplan estas condiciones, serán sancionados conforme a lo dispuesto en la vigente normativa urbanística.

EL ALCALDE

15.11.17

Bando sobre la quema de restos de podas en zona urbana


Este Ayuntamiento ha tenido constancia de que, por parte de algunos vecinos, se han realizado quemas de restos de podas o de huertas, en parcelas urbanas, sin autorización municipal.

Por lo tanto, se recuerda al vecindario, que para realizar estas quemas de restos de podas o huertas en zona urbana, es necesario contar con la preceptiva autorización municipal, sin la cual las personas que realicen estas quemas, podrán ser sancionadas.

8.11.17

Bando informativo: Matanzas domiciliarias



Se pone en conocimiento de todos los vecinos de esta localidad que quieran sacrificar cerdos para autoconsumo, que el periodo para realizar las matanzas domiciliarias es el comprendido entre el último viernes de octubre y el primer domingo del mes de abril del 2018 según la orden de 25 de septiembre del 2000 de la Consejería de Sanidad y bienestar Social (B.O.C.y.L. Nº192 de 3 de octubre del 2000)

El análisis micrográfico para la determinación de las TRIQUINAS en los cerdos sacrificados podrá ser realizado por el veterinario colaborador Susana Ordoñez Jara, cuyos teléfonos de contacto son: 
637 71 67 97 - 627 52 97 99 - 921 58 05 36 - 920 58 05 36, previo pago de los honorarios que correspondan.

Igualmente se pone en conocimiento del vecindario que la comercialización de piezas de caza sólo podrá hacerse a través de salas de tratamiento debidamente autorizadas e inscritas en el Registro General Sanitario de Alimentos.

Todo vecino que lo desee podrá realizar en días y horas de oficina, el análisis micrográfico de los cerdos en los Servicios Veterinarios Oficiales de la Zona, los cuáles prestaran este servicio previo pago de la tasa en el Nº. de cuenta ES33-2038-7597-5860-0018-3531 de BANKIA, que por inspección de estos animales tiene estipulada la Junta de Castilla y León. 
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